Cambio de titularidad de un vehículo: qué comprobar primero
Antes de firmar, conviene solicitar un informe completo de la DGT. El vehículo debe estar de alta, con el IVTM del año anterior pagado y sin sanciones, embargos, precintos, reserva de dominio u otras limitaciones que impidan o condicionen la transferencia.
Documentación necesaria para una compraventa ordinaria
Del comprador y vendedor
- DNI, NIE o CIF en vigor.
- Si interviene una empresa: CIF, escritura o acreditación de representación y DNI del representante.
- Mandato o autorización cuando tramita una gestoría.
Del vehículo y la operación
- Contrato de compraventa firmado por ambas partes o factura.
- Permiso de circulación.
- Tarjeta ITV/ficha técnica.
- Justificante del ITP, exención o no sujeción.
- Solicitud oficial de cambio de titularidad.
Qué debe incluir el contrato
Fecha y hora exactas de entrega, datos completos de comprador y vendedor, matrícula, bastidor, marca y modelo, precio, kilometraje, estado del vehículo y firmas. Es recomendable conservar copia del DNI de la otra parte y todas las páginas firmadas.
Modelos oficiales de la DGT
La DGT ofrece modelos descargables que sirven como base. Hay que cumplimentarlos por duplicado y firmar todas las hojas:
- Modelo DGT de contrato de compraventa entre particulares (PDF).
- Solicitud DGT de cambio de titularidad y notificación de venta (PDF).
Impuestos y tasas
| Concepto | Cuándo se paga | Importe |
|---|---|---|
| Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) | Compra de vehículo usado a un particular. | Lo fija la comunidad autónoma del comprador. Se calcula, por regla general, sobre el mayor entre precio declarado y valor fiscal aplicable. |
| IVA | Compra a empresario o profesional mediante factura sujeta a IVA. | Según factura. Normalmente no se liquida ITP por esa compraventa. |
| Tasa DGT 1.5 | Cambio de titularidad ordinario de vehículos. | 55,70 € (importe oficial consultado el 4/08/2026). |
| Tasa DGT 1.2 | Ciclomotores. | 27,85 € (importe oficial consultado el 4/08/2026). |
El coste de gestoría es independiente de los impuestos y tasas oficiales. Los tipos autonómicos y las tasas pueden cambiar; se comprueban de nuevo antes de presentar.
Cómo se tramita
- Revisión previa. Comprobamos identidad, titularidad, cargas, IVTM, documentación y contrato.
- Liquidación fiscal. Calculamos y presentamos el ITP cuando corresponde, o acreditamos la exención/no sujeción.
- Presentación telemática. Las gestorías administrativas colegiadas conectadas con la DGT tramitan electrónicamente sin cita previa.
- Justificante profesional. Cuando toda la documentación está verificada y el sistema permite la anotación, se obtiene el justificante profesional y el cambio queda presentado de forma inmediata, a expensas de controles o incidencias administrativas.
Casos que requieren documentación adicional
Herencia
Certificado de defunción, últimas voluntades, testamento o declaración de herederos, aceptación/adjudicación y liquidación del Impuesto sobre Sucesiones.
Donación
Documento de donación y justificante del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones; no se trata como una compraventa ordinaria.
Separación o divorcio
Sentencia, convenio regulador o documento público que adjudique el vehículo, y fiscalidad que corresponda.
Empresa, leasing o renting
Factura o título de transmisión, poderes, identificación societaria y, en su caso, cancelación de reserva de dominio.
Fallecimiento sin adjudicación definitiva
Puede proceder la custodia provisional antes del cambio definitivo, según el caso.
Vehículo agrícola, histórico o de Canarias/Ceuta/Melilla
Puede precisar inscripción, documentos tributarios o aduaneros adicionales.
Preguntas frecuentes
¿La notificación de venta sustituye a la transferencia?
No. Protege al vendedor al comunicar la entrega, pero el comprador sigue obligado a realizar el cambio de titularidad.
¿Se puede transferir un vehículo con reserva de dominio?
No mientras no se cancele registralmente. Pagar el préstamo no elimina por sí solo la anotación.
¿Hace falta que comprador y vendedor acudan juntos?
No cuando una gestoría colegiada recibe la documentación y los mandatos correctos de las partes.
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