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Guía de transferencia de vehículos

Cómo hacer el cambio de titularidad de un coche entre particulares

La transferencia no termina con la firma del contrato. Hay que comprobar que el vehículo puede transmitirse, justificar la operación, liquidar correctamente los impuestos y obtener la anotación del nuevo titular en la DGT.

Respuesta rápida

Lo esencial

Comprador y vendedor deben firmar un contrato con sus datos, los del vehículo, el precio, la fecha y la hora. Antes de presentar conviene comprobar titularidad, IVTM, cargas, embargos, precintos y reserva de dominio. La tranquilidad administrativa llega cuando el nuevo titular queda efectivamente anotado en la DGT.

Procedimiento

Pasos para transferir el vehículo

  1. 01

    Comprobar el vehículo

    Verifica la identidad del titular y que la situación administrativa permite la transferencia. Un informe del vehículo puede revelar cargas, incidencias o limitaciones.

  2. 02

    Firmar el contrato

    Incluye comprador, vendedor, matrícula, bastidor, marca, modelo, precio, fecha y hora. Ambas partes deben conservar una copia firmada.

  3. 03

    Determinar la fiscalidad

    La liquidación depende de quién vende, la comunidad autónoma del comprador, el tipo de vehículo y la naturaleza de la operación.

  4. 04

    Presentar el cambio

    Con la documentación completa se solicita la transferencia y se atienden, si aparecen, las incidencias o requerimientos del expediente.

  5. 05

    Confirmar la anotación

    Comprueba que el cambio de titular ha quedado anotado. El contrato acredita la operación, pero no sustituye la actualización administrativa en la DGT.

Comprobación profesional

Qué revisa Gesticar antes de presentar

  • Identidad y legitimación de comprador y vendedor
  • Contrato completo, coherente y firmado
  • Permiso de circulación y ficha técnica
  • IVTM y situación administrativa
  • Reserva de dominio, embargos o precintos
  • Impuesto aplicable y justificante de liquidación
  • Anotación final del nuevo titular en la DGT

Preguntas frecuentes

Dudas habituales

¿El contrato de compraventa cambia por sí solo el titular en la DGT?

No. El contrato acredita la operación entre las partes, pero es necesario tramitar y confirmar la anotación del nuevo titular en el Registro de Vehículos de la DGT.

¿Se puede transferir un vehículo con reserva de dominio?

Una reserva de dominio inscrita puede impedir la transferencia. Normalmente debe cancelarse previamente y comprobarse que la cancelación ya consta donde corresponda.

¿Quién paga el impuesto de la transferencia?

Depende de la naturaleza de la venta y de la normativa aplicable. En una compraventa entre particulares, habitualmente corresponde al comprador liquidar el impuesto autonómico antes de completar el cambio de titularidad.

¿Qué debe hacer el vendedor después de entregar el coche?

Debe conservar el contrato y comprobar que se realiza el cambio. Si no tiene constancia de la transferencia, puede valorar la notificación de venta para comunicar a la DGT que el vehículo ha sido entregado.

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